¿ERES PROPIETARIO O INQUILINO? ASÍ TE AFECTARÁ LA NUEVA LEY DE VIVIENDA

9 de Noviembre de 2021 Rosabel Recio Daga


09 de noviembre, 2021 punto Taxagest immobiliaria

 

La nueva Ley de Vivienda que entrará en vigor en los próximos meses trae una serie de novedades de máximo interés para inquilinos y propietarios por igual. Las más destacables hablan de una regulación del precio de los alquileres para grandes propietarios que sean personas jurídicas; un recargo del IBI para viviendas vacías y un aumento del parque público de alquiler, así como un “bono joven” de 250 euros.

Desde Taxagest Inmobiliaria  os damos las claves para que, tanto inquilinos como propietarios, conozcáis al detalle el acuerdo alcanzado y cómo os afecta.

¿HABRÁ UNA REGULACIÓN DEL PRECIO DEL ALQUILER EN MI COMUNIDAD?

La nueva Ley de Vivienda regulará el precio del alquiler para los grandes propietarios,  es decir, solo afectará a personas jurídicas que cuenten con más de diez viviendas. Deberán bajar por ley los alquileres en base al índice de referencia para todos los contratos en las zonas de mercado tensionadas. El gran propietario considerado persona física, quedaría exento.

Hay que destacar que serán las comunidades autónomas las encargadas de solicitar al Gobierno la declaración de zonas de mercado tensionadas por un tiempo máximo de tres años.

¿QUÉ ES UNA ZONA TENSIONADA?

Son aquellos barrios o localidades donde el alquiler haya subido cinco puntos más que el IPC en los últimos cinco años y donde las familias destinen más del 30% de sus ingresos a pagar la renta.

En caso de que un inquilino se encuentre viviendo en esta zona y quiera solicitarlo, los propietarios deberán prorrogarle el contrato de alquiler al mismo precio que pagaba hasta que finalice la vigencia de la zona tensionada.

¿Y SI SOY PROPIETARIO DE VARIAS VIVIENDAS?

Para aquellos propietarios que tengan como máximo diez inmuebles, se ha acordado la congelación de precios en las zonas tensionadas. Además, los propietarios que rebajen el precio de sus viviendas podrán desgravar hasta un 90% de sus ingresos en su declaración de la Renta. Si suben el precio del alquiler, perderán automáticamente esa desgravación. La ley también permitirá a los propietarios que firmen nuevos contratos en estas zonas, incrementar el precio en caso de que hagan determinadas mejoras en el inmueble.

TENGO UN PISO VACÍO, ¿CÓMO ME AFECTA?

Serán los ayuntamientos quienes decidirán subir el IBI al 150% a los pisos que permanezcan desocupados. Para ello, se deben cumplir una serie de requisitos.

§  El propietario debe tener cuatro viviendas vacías o más.

§  El 50% depende del ayuntamiento.

§  El siguiente tramo del 50% sólo podrá cobrarse a quien tenga una vivienda que lleve más de 2 años vacía.

§  El 50% adicional sólo podrá cobrarse si se tienen más de dos viviendas vacías en el mismo municipio.

Asimismo, quedarían fuera de este tipo de penalización los propietarios que tengan una vivienda vacía por un traslado temporal, motivos laborales, motivos de salud o realización de obras, según el borrador.

REQUISITOS PARA PEDIR EL ‘BONO JOVEN’ DE 250 EUROS

La nueva Ley de Vivienda también incluirá la creación de un ‘bono joven’ de vivienda dotado con 250 euros mensuales durante los próximos dos años.

Podrán solicitarlo los jóvenes entre 18 y 35 años que tengan ingresos inferiores a 23.750 euros brutos; la prestación económica será individual y se exigirá la presentación de un contrato de alquiler. Además, al bono se podrá añadir más ayudas directas al alquiler, de hasta el 40% de su valor para familias más vulnerables.

Además, la nueva Ley de Vivienda también contempla destinar un 30% de las promociones a vivienda protegida, para ampliar el parque público de vivienda, mientras que un 15% de esa cifra será para alquiler social.